lunes, 20 de agosto de 2012

Lo que hizo falta en las características de los modelos Hobbesiano y Aristotélico (lo de la clase)

Modelo Hobbesiano:Contrato quiere decir que da derechos y obligaciones.
Atraves del uso voluntario de la razón se vuelve de un estado natural a un estado civil. Por medio de acuerdos o de concesos
El contrato según hobbes es un modelo dicotomico. Ósea uno es excluyente de otro.
Le llama contrato de sumisión. Porque la sociedad le da todos los derechos al individuo. Con la única condición de que el estado garantice la vida y la sociedad
Atravez de un juicio te pueden quitar tus derechos de vida y propiedad que obtenidos por medio del contrato social. Muy acorde con la burguesía después la revolución francesa.

Modelo Aristotélico:La cabeza de la familia tenía poder de vida y muerte sobre los miembros de su familia.
Los miembros no tenían ningún derecho sobre la cabeza de la familia. Confiaba en que los protegían y el dinero era para la familia.
La célula del estado es la familia.
La importancia de los derechos humanos es que le da derechos a los individuos

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